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La importancia de la cédula de habitabilidad

Mayo 4th, 2007 · 20 Comments

Atendiendo a la pregunta de Ignacio de qué es una cédula de habitabilidad, empezaremos por la definición que nos dá la web del Ayuntamiento de Barcelona:

” es el documento que garantiza el cumplimiento de los niveles mínimos de habitabilidad exigibles en las viviendas. Además, en las de nueva construcción la cédula garantiza que el inmueble cumple los controles de calidad obligatorios en la construcción de viviendas.Es imprescindible tener esta cédula para poder dar de alta los servicios de agua, electricidad y gas.Sólo un técnico especializado (arquitecto, arquitecto técnico o aparejador) puede certificar la habitabilidad de un piso y expedir la cédula.”

Con la definición que nos dan se pueden observar varias cosas:

  1. Si no tenemos dicha cédula, no podremos contratar el servicio del gas aunque sí el del agua y la electricidad (ya que se supone que hablaríamos de un local).
  2. Difiero en la definición de “los mínimos de habitabilidad” (40 m²), ya que se podrían crear más viviendas con 30 m² permitiendo a la gente joven tener el acceso a su primera vivienda o bien a los propietarios pudiéndolas alquilar a precios más bajos.

Otras cosas a tener en cuenta si no disponemos de la cédula:

  1.  Aunque se trate de un piso de 50 m² y nosotros queramos comprarlo, debemos saber que al pedir el préstamo hipotecario sólo nos concederán un 60% del valor del inmueble ya que el banco lo verá como un local y no como una vivienda (nos darían el 80% entonces).
  2. Ojo cuando acudamos a anuncios por internet que pongan “se vende estudio”. En el léxico que se suele usar dentro del mundo inmobiliario suele significar que se trata de un piso pequeño y que carece de la cédula y volviendo al punto anterior, el banco no nos concederá el 80% del valor.
  3. Puede darse también que si el inmueble no dispone de cédula pueda ser debido a que ésta haya caducado y pueda renovarse, ya que éste documento tiene una validez de 15 años y pasado este tiempo ha de tramitarse de nuevo.

Por último y para diferenciar que la cédula de habitabilidad puede encontrarse tanto en la vivienda de segunda mano como en la vivienda de nueva ocupación o de obra nueva en el cual se equipara al documento de certificado final de obra y habitabilidad.

Espero poder haberte ayudado Ignacio ;-)

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Tags: Formación

20 respuestas para esta noticia ↓

  • 1 Ignacio // May 4, 2007 at 7:57 AM

    Muchas gracias por la información, es algo que había oído muchas veces sin saber qué significaba.

  • 2 Magda // May 4, 2007 at 8:30 AM

    Qué bien explicado!! gracias por la info…yo tampoco tenía claro lo que era.

  • 3 xxxxx // Ene 29, 2009 at 4:53 PM

    te quelo mutyo eres la mejor greacias a ti hice mi tarea

  • 4 admin // Ene 30, 2009 at 4:39 AM

    Me alegro que te pueda servir de ayuda.

    Saludos!

  • 5 maya // Nov 10, 2009 at 2:21 PM

    holaa! necesito ayuda! una agencia me ha alquilado un piso sin cedula de habitabilidad, o esta caducada. entonces no nos podemos dar de alta de luz ni de gas, estamos con la luz de obra i con gas tambien pero no hay el contador instalado. mi pregunta era si eso es legal alquilar nos la vivienda en ese estado? estoy precupada porque no estoy pagando nada de luz ni de gas i eso es totalmente ilegal! i no quiero pagar mas o que me caiga alguna multa ami

  • 6 maya // Nov 10, 2009 at 2:23 PM

    si alguien save del tema porfavor que me conteste, es la primera vez que alquilo un piso i todavia no se muy bien como van estas cosas!

  • 7 admin // Nov 11, 2009 at 11:13 AM

    Buenas tardes Maya,

    Me encontré hace poco con un caso similar al tuyo con una amiga que alquiló un piso sin cédula de habitabilidad y con averías dentro del piso (escapes de agua e instalaciones en mal estado), vicios ocultos que la agencia no notificó y al final, se obtó por rescindir el contrato y se le devolvió los honorarios de la agencia.

    A pesar de tu caso, lo que yo haría sería lo siguiente:
    1º-Pedir a la agencia (o si tienes el contacto directo con el propietario) la renovación de la cédula de habitabilidad si es que está caducada o bién puede ser que lo que hayas alquilado sea un estudio o local (si es así olvídate de conseguirla). Esto lo debería asumir la propiedad.
    2º-Aunque tengas o no cédula, la ‘luz’ la puedes pedir sin ningún problema. También puede ser que no tengas contador y que lo tengas que dar de alta y asumir su coste o bién pactarlo con la propiedad (que lo asuma ella o a medias a malas).
    3º-Si no tiene cédula y tu sistema de calefacción es por gas, lo tienes un poco difícil, pero no imposible. Fíjate a ver si hay algún contador de gas en la vivienda.
    4º-Siempre digo lo mismo, las agencias estamos para algo cuando lo contratais con nosotros el alquiler de una vivienda y por nuestra parte pienso que tenemos que dar soluciones a vuestros problemas que para algo nos pagais los honorarios, por tanto, exígele a la agencia que te intermedie en este problema que tienes con el propietario del piso.

    Espero haberte ayudado y suerte!

  • 8 jesus // Nov 23, 2009 at 11:33 AM

    Tengo un piso escriturado como vivienda de más de 35 años. En su día se le dieron de alta todos los servicios, es decir, luz y agua. Con los años lo cerre y ahora quisiera volver a dar de alta el contador de la luz. No hay problema en cuanto a la inspección eléctrica, pero mi pregunta es:¨ me pedieran los del punto de servicio/compañia la cedula para la nueva alta? como saber si tengo cedula?como renovarla?

  • 9 admin // Nov 24, 2009 at 7:29 AM

    Buenas tardes jesús,

    Antes no te pedían la cédula y ahora la verdad es que lo desconozco aunque para el gas te puedo asegurar que sí que te la pedirán.
    En cuanto a cómo saber si tienes la cédula caducada? pues seguramente la tienes como la mayoría de las personas con pisos de más de 15 años porque la cédula tiene actualmente una caducidad de 15 años, por lo tanto deberías renovarla, solicitándola. Para ello, puedes acudir a cualquier arquitecto o empresa que los precios suelen ser a partir de 100 €, hay mucha gente que se dedica a ello. Yo es lo que haría para no perder el tiempo con tanto papeleo.

    Saludos,

  • 10 liz // Nov 25, 2009 at 1:15 PM

    Buenas!! Tengo también un problema con la cédula de habitabilidad… Espero me puedas ayudar…aunque es algo complicado!! Hace cosa de año y medio entré a vivir en un piso en el que a los pocos meses empezaron a salir humedades en una habitación. Yo informé al propietario del tema pero entre que venían técnicos y péritos de seguros fueron pasando los meses y el problema aumentaba… hasta el punto de aparecer olores muy desagradables en otra habitación( a podrido, hablando claro… ), una gotera y grietas por diferentes habitaciones y estancias. Frente a esto, le pedí al propietario que hiciera algo al respecto, si no arreglarlo immediatamente, rebajar el alquiler por la parte inhabitable; respuesta: te lo rebajo pero cuando se arregle me lo devuelves todo. ( indignación por mi parte!! )
    Después me entero de que esa rebaja tiene que hacerla por ley y lo mejor: que el piso tiene la cédula caducada desde hace 6 años… !!!!!!
    Es válido el contrato?? Puedo denunciar al propietario por esto o reclamar de alguna manera que es una estafa??
    Porque además, después de tratos verbales con él haciendo ver que es todo de buen trato y de particular a particular, cuando yo llevo unos meses sin pagar porque no se arregla el tema, el dueño me denuncia y encima dice que no sabía nada de que estaba el piso en mal estado… Me siento atrapada y principalmente estafada, ahora me persigue la justicia… A MIII!!! Qué recursos tengo??

  • 11 admin // Nov 26, 2009 at 9:33 AM

    Hola Liz,

    Como tu tema ha derivado a algo más complejo que considero de una simple negociación previa, pienso que deberías ponerte en manos de un abogado y si existe la posibilidad de una reunión con el propietario, que lo hableis ambas partes antes de tirar por la vía judicial.

    Te deseo mucha suerte y ánimos.

  • 12 Sandra // Dic 27, 2009 at 12:18 PM

    hola,

    otro problema con la cédula. Tengo un piso registrado y escriturado como vivienda, que inicialmente se construyó como un taller, y me han denegado la cédula de habitabilidad ya que en su momento no se hizo el cambio de uso. Estoy vendiendo el piso como estudio, advirtiendo de que no tiene cédula, aunque si que tiene todos los servicios dados de alta, y cumple con todos los requisitos de habitabilidad. Una persona está interesada en el pero lo quiere para alquilar, y está en duda porque no cree que sea legal alquilar un estudio sin cédula. ¿Se podría alquilar legalmente?

    Gracias,

  • 13 admin // Dic 28, 2009 at 12:43 AM

    Buenos días Sandra,

    Se puede alquilar si haces un contrato de uso distinto de vivienda (como si fuera un local o una oficina)en el cual tendrás que aplicar IVA, por lo tanto, te aconsejo que cuando anuncies el piso, ya pongas con el IVA incluido para que luego el inquilino no se encuentre con la sorpresa del IVA a parte.

    Saludos,

  • 14 Sandra // Dic 28, 2009 at 1:33 AM

    hola “admin”,

    gracias por la respuesta. Entonces, si se hace el contrato de esta manera, si que es totalmente legal alquilarlo, ¿no?. Digamos que el total del alquiler se podria desglosar en un precio+IVA y el contrato que constara como un uso de taller u oficina, si no lo he entendido mal…¿es asi?.

    gracias,

  • 15 Sandra // Dic 28, 2009 at 1:36 AM

    vuelvo a ser yo…en el supuesto de que fuera legal el contrato, se asume que es “responsabilidad” del inquilino el hechod e que ha alquilado un local que luego va a usar como vivienda, ¿no?. Quiero decir, a la persona que me quiere comprar el estudio para ponerlo a alquilar, un inquilino le podria “buscar las cosquillas” legalmente si se hace un contrato como local pero luego quien lo ha alquilado esta viviendo alli?

    gracias,

  • 16 admin // Dic 28, 2009 at 1:39 AM

    Efectivamente Sandra, lo importante es que especifiques el uso del inmueble.
    En teoría el único problema que puedes tener es que algún vecino se queje y se compruebe que se está usando como vivienda y halla una denuncia, pero si tu ya has estado viviendo en el piso, no creo que te llegue a pasar.

    Saludos y Felices Fiestas!

  • 17 Sandra // Ene 5, 2010 at 12:56 PM

    hola,

    otra pregunta respecto al mismo piso…siendo que esta registrado, escriturado e incluso consta en el catastro como vivienda, y ha vivido gente desde el año 1968, ¿es necesario hacer un cambio de uso para obtener la cédula o bastaria con una legalizacion?

    gracias

  • 18 admin // Ene 6, 2010 at 1:03 PM

    Hola Sandra,

    En teoría no deberías hacer un cambio de uso si en la escritura te constaa como vivienda porque es un paso innecesario.
    Lo que deberías obtener sería un certificado de un arquitecto conforme te cumple con la normativa de habitabilidad para proceder a obtener la cédula.

    Saludos,

  • 19 Raúl // Feb 16, 2010 at 6:29 AM

    Hola:
    Tengo un caso bastante complejo y quería que me dieras tu opinión antes de acudir directamente por la vía judicial.
    Hace 4 años compra una vivienda de segunda mano con el fin poco a poco ir ahorrando algo de dinero.
    Como a mucha gente, me exploto la burbuja inmobiliaria en la mano y ahora estoy en paro, con dos hipotecas que suman mucho mas del 120% de lo que vale de verdad la vivienda.
    La pregunta es la siguiente, la firma se realizó ante notario sin la cédula de habitabilidad correspondiente, lo que me ha traído un sin fin de inconvenientes para tener los servicios básicos, he tenido que empezar a reformar la electricidad para poder tener una instalación adecuada de luz por lo menos dentro de la vivienda ya que los contadores de la finca también cruzan la raya de la legalidad con lo cual ni siquiera tengo la garantía de que la cédula salga adelante una vez terminada la reforma.
    Mi pregunta es: Se supone que el notario debe velar por que se cumpla la ley en estos casos, ya que era evidente al ser una persona mayor la dueña de la vivienda que no había mala intención por su parte, pero quien es el culpable, a quien reclamo, al banco, al notario, al dueño? Estoy desesperado. Vivo con mi familia en un piso de alquiler y tengo una hipoteca por un piso en el que no puedo vivir y que además ya no puedo seguir pagando porque estoy en el paro.

  • 20 admin // Feb 24, 2010 at 7:33 AM

    Buenas tardes Raúl,

    Siento no haberte contestado antes, pero como tú dices, estmaos ante un caso complejo y mi primera respuesta sería que acudieses a un abogado.
    En cuanto a mi opinión, la ley ha cambiado para la compraventa de viviendas y ya se exige el disponer actualizada la cédula de habitabilidad y si no se tiene, se pide de nuevo.
    Según me imagino por lo que me comentas, no creo que tengas bastantes problemas para solicitar la cédula que difiere mucho de tener dados de alta los suministros, son dos conceptos totalmente diferentes. Es decir, la cédula la puedes tramitar independientemente de los suministros mientras te cumpla con la normativa y en el otro caso, para dar de alta los suministros necesitarás de la cédula.
    Espero que te sirve de orientación.

    Saludos,

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